ACTA DE EMISIÓN DE BONOS, OFERTAS Y PROMOCIONES

PROYECTO SENDEROS DEL RIO

1. OBJETIVOS:

La siguiente emisión de bonos, promociones y ofertas se realiza por la CONSTRUCTORA ENC SAS ZOMAC, para su proyecto PARCELACIÓN CAMPESTRE SENDEROS DEL RÍO, ubicado en el municipio de Funes, vereda Guapuscal Bajo.

Desde ENC Constructores SAS ZOMAC, se ha creado una serie de bonos, promociones y ofertas temporales en condiciones más favorables que las descritas en nuestras políticas de precios, descuentos, pagos y valorizaciones identificada con código PLV-SRP:2023 y nuestra política de precios con código PLV-SR-BOP:2020.

La empresa ENC Constructores SAS ZOMAC sigue la normatividad existente, en especial la ley 1480:2011 artículo 33 y decide crear la siguiente acta que se regirá por lo siguiente:

2. TERMINOS Y CONDICIONES:

Los clientes de ENC CONSTRUCTORES SAS ZOMAC deberán tener en cuenta lo siguiente:

2.1 Descripción: ENC CONSTRUCTORES SAS ZOMAC decidió emitir cuarenta (40) bonos de descuento por concepto de NUEVA COMPRA para el proyecto PARCELACIÓN CAMPESTRE SENDEROS DEL RÍO, cada bono tendrá valor de seis millones ($6.000.000) de pesos M/L no acumulable que serán descontados al precio de lista vigente y estará sujeto a términos y condiciones.

2.2. Producto: Bono de descuento no acumulable.

2.3. Tiempo y vigencia: Los bonos de descuento estarán vigentes desde el día primero (1) de julio de 2023 hasta el treinta y uno (31) de octubre de 2023, los bonos no redimidos hasta la fecha mencionada serán ANULADOS lo que indica que los bonos son por tiempo limitado.

2.4. Modo: (a) Los bonos se emitirán por medio de la presente acta y cada uno tendrá soporte físico. (b) Cada bono tendrá un código e identificación. (c) La información de disponibilidad de los bonos se mantendrá pública en los canales de comunicación para clientes y partes interesadas. (d) Los bonos podrán ser redimidos exclusivamente para compra de un nuevo lote. (e) El bono puede utilizarse una única vez y no es acumulable. (f) ENC CONSTRUCTORES decidirá los parámetros para acceder a cada bono.

2.5. Objetivo: El objetivo de los bonos es incentivar las ventas por referidos para el proyecto Senderos del Río.

2.6. Lugar: Los únicos autorizados en la venta del proyecto SENDEROS DEL RÍO y aprobar el descuento por bonos, ofertas y promociones es ENC CONSTRUCTORES SAS ZOMAC con oficinas en el edificio Torre Empresarial, calle 10 #5-54 oficina 517.

2.7. Gastos asociados: Los bonos no incurren en ningún gasto asociado adicional para el beneficiario.

2.8. Publicidad y comunicación: Los bonos serán publicitados de forma privada por los canales de comunicación oficiales para clientes de ENC CONSTRUCTORES SAS ZOMAC cómo: WhatsApp de clientes “316 778 7303”, aliados institucionales y terceras partes autorizadas, llamadas a clientes específicos, correos electrónicos de clientes específicos, contacto directo con proveedores y en las oficinas de la empresa. Además, se incluirá en toda publicación referente a esta emisión de bonos la palabra “Aplican términos y condiciones”.

2.9. Bonos disponibles: En total se emitirán cuarenta (40) bonos de descuento a producto, cada uno por el valor de seis millones ($ 6.000.000) M/L no redimibles en dinero en efectivo.

2.10. Calidad de referido: (a) Los bonos pueden ser para uso personal en caso de comprar un nuevo lote o para referir nuevos clientes al proyecto SENDEROS DEL RIO. (b) En el caso de usar el bono para referir a un nuevo cliente, el REFERENTE podrá acceder a un incentivo por valor de un millón ($ 1.000.000) M/L no redimible en efectivo exceptuando clientes con pago del 100% de la propiedad adquirida, adicional al correspondiente descuento por referidos descrito en la política de precios. (c) Para ser REFERENTE el cliente debe estar al día con las obligaciones contractuales adquiridas. (d) El valor de descuento se realizará cuando el REFERIDO sea efectivo.

Referido efectivo: Se considera REFERIDO EFECTIVO a un nuevo cliente que adquiere un bien en el proyecto SENDEROS DEL RÍO gracias a un REFERENTE y ha realizado pagos del treinta por ciento (30%) del valor del bien.

2.11. Lista de prioridad: La repartición de bonos se priorizará para los clientes que estén al día con sus obligaciones contractuales, alianzas empresariales y contratistas con alta calificación de cumplimiento.

2.12. Proceso: (a) Los bonos deberán ser solicitados a los canales de comunicación oficiales de la empresa, (b) los solicitantes entrarán a una lista de espera y se seleccionará por orden y prioridad a los beneficiarios en un periodo de siete (7) días hábiles, (c) Los clientes deben aceptar los términos y condiciones de esta acta. (d) los bonos serán anexos a los contratos de compraventa de los nuevos clientes.

3. PROHIBICIONES Y RESTRICCIONES:

3.1. Los bonos emitidos no pueden ser usados como valor de abono o cancelación de cuota de un lote que fuese comprado en fechas anteriores a la emisión de este, entiéndase fechas anteriores al primero (1) de julio de 2023.

3.2. El bono solo es descontable al valor de lista vigentes y es el único descuento aplicable fuera de los que apliquen en la política de descuentos.

3.3. El bono es incompatible con otro tipo de descuentos o acuerdos fuera de las políticas de descuentos. En caso de tener una negociación diferente como compra por intercambio de bienes o servicios no se podrá redimir el bono y se priorizará lo acordado en la negociación.

3.4. El bono no es acumulable y no puede ser aplicado más de uno por cada nuevo bien adquirido.

3.5. El bono no puede ser redimido como dinero en efectivo, tampoco es válido como valor de separado en la adquisición del nuevo bien.

3.6. Todas las bonificaciones y descuentos aplicados no son reembolsables en caso de desistencia de compra.

3.7. En caso de desistencia de compra el acumulado de bonificaciones y descuentos no podrá ser reclamado ni trasferido.

3.8. El bono no puede ser utilizado como valor de separado.

4. EXCLUSIVIDAD:

La constructora ENC se reserva el derecho de exclusividad para la publicación de estos bonos, promociones y ofertas.

5. VIGENCIA:

Esta acta ha sido aprobada por la CONSTRUCTORA ENC, y entrará en vigor a partir del primero (1) de Julio del año 2023 hasta el treinta y uno (31) de octubre de 2023.